¿Cómo y qué es un informe de un detective privado?

Es un documento que sirve a los tribunales como prueba, siendo este el producto final de la investigación. En él se recogerán imágenes y datos que se han obtenido al terminar el caso en cuestión, y deberá contener todo lujo de detalles (constando únicamente información relacionada con el caso), siendo secuencial, ordenado y finalizará con unos resultados donde se explica lo conseguido (siempre siendo imparciales y objetivos).
Por cada servicio que sea contratado, el detective privado elaborará un único informe, archivándose como mínimo tres años, debiendo aparecer:

  • Número de registro asignado al servicio.
  • Datos de la persona que encarga y contrata el servicio.
  • Objeto de la contratación.
  • Medios.
  • Resultados.
  • Detectives intervinientes.
  • Actuaciones realizadas.

Este informe se entregará al finalizar la investigación al cliente. También estará disponible para las autoridades policiales para su inspección.

Todo lo relativo al informe de investigación podemos encontrarlo recogido en la Ley de Seguridad Privada 5/2014, en el artículo 49 de la misma.

¿Se puede llevar el informe de un detective privado a un juicio?

Sí: La mayoría de las veces se lleva a los juzgados ya que el informe de un detective está considerado como un testimonio documentado, en otras palabras, una “testifical por escrito”, por lo que debe ser conciso, objetivo y claro, ya que hay que tener en cuenta quién es el destinatario, en estos casos, el juez, siendo obligatorio ratificarlo en sede judicial

Existe un elevado número de sentencias en las que se presenta este documento como prueba testifical en juicio

 

¿Siempre cuenta como una prueba el informe del detective privado?

Ha sido históricamente discutido pero sí, cuenta como prueba testifical quedando claro que este informe es el instrumento elemental para que las partes puedan demostrar aquellos comportamientos contrarios a la ley.

El informe del detective privado sería un documento privado.

La Ley de Enjuiciamiento Civil en el artículo 299, detalla los diferentes medios de prueba que pueden aportarse en el desarrollo de un proceso judicial y en el tercer punto, se encuentran los documentos privados, entrando aquí el informe de investigación considerándose así en el artículo 324 de dicha Ley.

Si el detective tuviese la formación y la acreditación necesaria para poder realizar un informe de peritaje informático, si el caso lo requiere, entraría en el cuarto punto, como un dictamen de perito (artículo 299 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

 

¿En qué casos no tiene validez el informe de un detective privado?

Un informe no tendrá validez cuando no respete los requisitos legales exigidos. Como pueden ser:

  • En el documento no se identifica a todos los detectives que intervinieron.
  • Los detectives  no comparecen en el juicio por lo que no se puede ratificar el informe.
  • Existen manipulaciones en la información obtenida.
  • El contenido del informe y el modo de obtención de los datos, imágenes, audios, etc… vulneran derechos fundamentales o han sido obtenidos en domicilios o espacios reservados a la vida privada. No sería admitido y además los hechos podrían ser constitutivos de delito.

Para valorar esta prueba como lícita, nos basaremos en la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, exactamente en el artículo 11 donde habla de la “buena fe” en relación con dichas pruebas:

En todo tipo de procedimiento se respetarán las reglas de la buena fe. No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales.

Los Juzgados y Tribunales rechazarán fundadamente las peticiones, incidentes y excepciones que se formulen con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal.

El detective deberá ajustar su desempeño en los siguientes criterios: proporcionalidad, necesidad, idoneidad y razonabilidad.

En todo caso, la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, establece la necesidad de valorar la prueba por parte del juez para motivar la sentencia, artículo 218, por lo que será el que nos confirme en último momento su validez.

 

¿Te has dado cuenta o crees que te están siguiendo? ¿Te encuentras con la misma persona más de una vez al día? ¿Crees que están obteniendo información sobre ti? Entonces seguramente te está investigando un detective privado.

 

En muchas ocasiones, siendo un poco observadores, podemos descubrir si nos esta siguiendo un detective privado o si alguien esta obteniendo información sobre nosotros. Pero que te siga o no un detective privado no es el problema, sino mas bien el por qué y quien ha contratado a ese detective.

¿Qué puede investigar un detective privado? La contravigilancia.

El detective privado es el único profesional habilitado por el Ministerio del Interior para poder realizar investigaciones de índole privado, como pueden ser casos de infidelidad, competencia desleal, intrusismo profesional, bajas laborales fingidas, etc…
Por lo que si nos han puesto un detective privado seguramente estamos realizando alguna actividad indebida o inclusive un delito, consciente o inconscientemente, como puede ser la competencia desleal o las bajas laborales fingidas.

Si te encuentras en un proceso de custodia de menores o pensión compensatoria, seguramente sea tu expareja quien ha contratado los servicios de un detective, en caso contrario puede ser la empresa donde trabajas por sospechas de competencia desleal, intrusismo profesional o incluso porque tiene sospechas que estás en una baja laboral fingida, es decir, cobrando una baja sin realmente estar incapacitado para trabajar.

¿Quién puede contratar un detective privado?

Cualquier persona o empresa con un interés legítimo puede contratar los servicios de un detective privado. Es indispensable tener un interés legítimo en el asunto, para poder realizar una investigación, en caso contrario no será posible por ninguna vía legal realizar dicha investigación.

Por lo que cualquier familiar, pareja, expareja o la empresa donde trabajamos puede realizar una investigación mediante un detective o inclusive a través de las mutuas y aseguradoras.

 

¿Es legal que me siga un detective?

Siempre que la persona que contrató al detective privado cuente con un interés legítimo, la investigación será totalmente legal. Si crees que estas siendo objeto de investigación sin motivos ni interés legítimo puedes tomar las medidas oportunas ante los órganos competentes.

Para comprobarlo, lo ideal sería contratar los servicios de un detective privado con el objetivo que te ayude a demostrar que estás siendo investigado.

Recuerda que, aunque es legal que te siga un detective, este siempre debe respetar la intimidad del investigado y del entorno que le rodea, por lo que no puede invadir espacios privados cuando está realizando la investigación.

Todas las pruebas que aporten los informes de un detective deberían haber sido obtenidas respetando la legislación vigente.
Siempre que creas que te están investigando, tienes derecho a confirmar este hecho a través de otro detective.

 

La reiteración de llamadas telefónicas e insistencia en comunicar con una persona o empresa sin su consentimiento, es considerada un delito de acoso, hostigamiento o Stalking.

Son consideradas conductas de Stalking:
Vigilar a distancia y perseguir a cualquier persona.

Llamadas o mensajes a través de cualquier dispositivo móvil.

Utilizar a terceras personas para intentar establecer contacto con la víctima.

Atentar contra la libertad o el patrimonio de la víctima.

Uso indebido de los datos personales de la víctima con el fin de que terceras personas puedan contactarla.

El delito de stalking o hostigamiento fue introducido en la reforma realizada por la L.O. 1/2015 de 30 de marzo,  siendo redactado de la siguiente forma:

Artículo 172 ter.

Será castigado con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana:

1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física.
2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas.
3.ª Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella.
4.ª Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella. Si se trata de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o situación, se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.
Cuando el ofendido fuere alguna de las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173, se impondrá una pena de prisión de uno a dos años, o trabajos en beneficio de la comunidad de sesenta a ciento veinte días. En este caso no será necesaria la denuncia a que se refiere el apartado 4 de este artículo.

Las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de acoso.

Los hechos descritos en este artículo sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.

 

En algún momento de tu relación de pareja puedes sospechar o preguntarte si tu pareja te es infiel con otra persona.

 

Estas sospechas suelen despertarse cuando notamos cambios en la vida profesional, social y afectiva de nuestra pareja. Aunque en la mayoría de los casos esos cambios suelen deberse a otras razones como estrés laboral, problemas familiares, etc… en ocasiones sí pueden ser indicios de una infidelidad.

Por eso te damos 5 detalles que delatan a un infiel.

1.- Cambios de horarios de trabajos y actividades. Puede ocurrir que, sin previo aviso ni razón aparente, nuestra pareja cambie sus horarios de trabajo o bien su rutina diaria. Puede que, incluso, se excuse de asistir a “salidas de pareja” por estar trabajando o por reuniones de última hora.

2.- Cambios financieros. Pueden empezar a detectarse pagos poco frecuentes como comidas/cenas en restaurantes, reservas de hotel e incluso gastos excesivos en cuidado personal.

3.- Esconde el móvil. No querer que nuestra pareja nos revise las conversaciones o llamadas en nuestro móvil suele dar pie a sospechar que esconde algo, a veces sí puede tratarse de una infidelidad.
4.- Cambios en su apariencia. Como mencionábamos antes, gastos excesivos en productos de cuidado personal suelen ir vinculado a cambios en la apariencia física de la pareja, cambios en la forma de vestir, perfumes, etc…

5.- Cambios en la actividad sexual. Si mantenían una actividad sexual de forma constante y de repente no le “apetece” o bien está muy cansado/a, puede ser un indicio de una infidelidad.

¿Cuándo contratar un detective privado por infidelidad?

Un detective privado necesita verificar que existe un interés legítimo por parte del cliente para realizar una investigación de una posible infidelidad. De esta forma, cuando tengamos algunos indicios o pruebas de esa presunta infidelidad, es aconsejable contratar a Inbera Detectives Privados para que realice una investigación más completa en base a unas sospechas con fundamentos.

Te proporcionaremos las pruebas necesarias que te podrán ayudar a  comprobar si tu pareja te es infiel o bien, si sus cambios de comportamiento se deben a otra razón.

 

En la actualidad las nuevas tecnologías se han convertido en una herramienta básica de nuestra sociedad. Portátiles, tablets, pero especialmente los smartphones, son una extensión de nuestro cuerpo. No hay persona, no posea un teléfono de última generación con el cual poder conectarse, desde cualquier lugar, a sus redes sociales, a internet o utilizar aquellas aplicaciones que más le interesen. Sin ninguna duda, el mundo gira a día de hoy en torno a las telecomunicaciones.

Este hecho ha provocado que ciertas noticias hayan salido a la luz, recientemente, en relación con las prácticas poco ortodoxas llevadas a cabo por algunas empresas para obtener datos personales de los usuarios de este tipo de tecnologías.

Pero no únicamente estas acciones se les atribuyen a grandes corporaciones o agencias, también existen en el mercado apps capaces de espiar a los usuarios que las utilicen, lo que ha generado que algunos países empiecen a prohibir su uso ya que atentan contra la intimidad de sus ciudadanos.

Lo que es evidente es que, debido a la rapidez con la que se propaga la información, debemos ser conscientes de que tenemos en nuestro poder muchas facilidades, tiempo atrás inimaginables, para acceder a toda la tecnología, pero al mismo tiempo esto nos convierte en mucho más vulnerables a las acciones de espionaje llevadas a cabo por empresas o hackers informáticos que pretendan acceder a nuestra intimidad o a nuestras cuentas bancarias.

Y esto no es sólo un problema que afecta al ciudadano sino también, de igual o mayor manera, a los países y sus gobiernos, lo cual puede llegar a provocar graves tensiones a nivel internacional.

 

Si alguien nos pregunta por el espía más conocido del cine, sin duda nos vendrá a la cabeza el agente 007, James Bond.

No obstante, hay muchos otros espías y detectives de la gran pantalla que son dignos de recordar:

▪️Nikita (Nikita, Luc Besson, 1990). Con una vida llena de infortunios .esta heroína es “rescatada” por una organización gubernamental que le ofrece nada más y nada menos que convertirse en toda una espía.

▪️Mitchell Gant (Firefox, el arma definitiva, Clint Eastwood, 1982). A este espía la OTAN le encomienda una misión de alto riesgo: robar un prototipo de avión de combate que, los rusos han creado.

▪️Kingsman: Servicio secreto (Matthew Vaughn, 2014). Gary “Eggsy” Unwin chico al que Colin Firth recluta para convertirlo en un verdadero señor del espionaje. Y lo consigu. Aunque para ello hace pasar al pobre chico por un sinfín de pruebas de valor, fuerza e inteligencia, que, consigue superar.

▪️La vida de Mata Hari, una de las mujeres espía más famosa de todos los tiempos, ha sido llevada al cine en innumerables ocasiones, pero la primera vez que esto ocurrió fue en 1931. La película llevaba por título Mata Hari (George Fitzmaurice) y la protagonizó Greta Garbo.

▪️Jason Bourne (El caso Bourne, Doug Liman, 2002; El ultimátum de Bourne, Paul Greengrass, 2007; El legado de Bourne, Toni Gilroy, 2012). Matt Damon ha sido el encargado de dar vida al sufrido Bourne en todas las cintas de la saga, que ha enganchado a las pantallas a medio mundo, y que va camino de convertirse en todo un producto de culto.

▪️James Bond. Si hay una saga de espías que no tenga fin esta es la protagonizada por el agente 007. En todas y cada una de las películas, la elegancia de este espía británico parece ser un protagonista más, ya que todo está cuidado al milímetro para que siempre salga airoso y con muy buen aspecto.

La ficción, en todas sus formas (cine, novela, teatro, etc.), es sin duda uno de los mayores pasatiempos del ser humano.

En Inbera Detectives Privados no tenemos ni James Bond ni Jason Bourne, sino algo mucho más valioso. Los mejores detectives de Segovia.

 

 

Si tras tu proceso de divorcio se estableció el pago de una pensión compensatoria y el pagador se niega a desembolsarla, ¿qué puedes hacer para que se cumpla la ley?

Lo primero, es importante conocer las diferencias entre pensión compensatoria y pensión de alimentos.

– Pension compensatoria. se emplea con el fin de poner en equilibrio el nivel de vida de los cónyuges tras el divorcio, y se aplica según el art. 97 del Código Civil.

– Pensión de alimentos, se dispone que el divorcio (o la nulidad o la separación) no ha de eximir a los progenitores de las obligaciones que tienen con sus hijos, y se rige por el art. 92 del mismo código.

Para las dos circunstancias existe un convenio regulador, y a falta de este se deberá decidir mediante sentencia.

Dejar de cumplir con los deberes como pagador de cualquiera de estas dos pensiones genera consecuencias, se consideraría como un delito, concretamente de abandono de familia.

Sin embargo, no es suficiente el hecho que de manera puntual no se cumpla con el pago de la pensión, sino que este se deberá producir durante dos meses consecutivos, o cuatro meses no consecutivos. Si esto se produjera, se podría interponer una denuncia, tanto por la vía civil como por la vía penal.

En el primer caso, la civil, se deberá realizar en los mismos tribunales en los que se dictó la pensión, y de no acatarse esta reclamación se pedirá el embargo de los bienes para poder saldar la deuda, a la que se sumarán los intereses que se hayan generado.

En cuanto a la vía penal, a la que se deberá recurrir en caso de que el pagador indique insolvencia, la denuncia se deberá realizar ante un tribunal o ante la Guardia Civil o la policía Nacional (la autonómica en su caso). Es en esta última circunstancia donde la contratación de un detective privado puede sernos de mucha ayuda, pues no son pocos los casos en los que un pagador se ha escudado en una falsa insolvencia para no tener que pagar lo debido. Y para demostrar este hecho, se deberán recabar una serie pruebas que destapen la coartada del pagador.

En Inbera Detectives Privados contamos con los profesionales adecuados para esta situación particular, que resulta siempre muy delicada. Consúltanos y estaremos encantados de poder asesorarte con todas las garantías.

 

Cada año que pasa, el número de delitos por Internet crece en nuestro país. Los afectados por este tipo de delitos cada vez son más variados.

En Inbera Detectives Privados hemos trabajado en muchas ocasiones en casos relacionados con la ciberdelincuencia.

¿Qué es la ciberdelincuencia?
La ciberdelincuencia agrupa a todas las actividades delictivas que se puedan realizar a través de un dispositivo electrónico con conexión a Internet. Se considera ciberdelincuencia a las actividades que tengan como objetivo dañar o destruir sistemas informáticos y redes, atentar contra la confidencialidad o integridad, y realizar un uso fraudulento o malintencionado de sistemas, redes informáticas o datos.

Tipos de ciberdelincuencia
▪️Robo de datos. es uno de los actos delictivos más frecuentes en Internet. En este caso, el ciberdelincuente se hace con información o datos que no le pertenecen de manera ilícita. Sin importar cuál sea el objetivo del robo, o el método que se utilice para llevarlo a cabo, se considera un acto de ciberdelincuencia.

▪️Daños informáticos y fallos en aplicaciones. Cuando se producen fallos en las aplicaciones, los ciberdelincuentes aprovechan estos fallos para acceder a dicho sistema y destruir, dañar, alterar o eliminar los datos informáticos.

▪️Interrupción de sistemas de comunicación. Sucede cuando alguien que no tiene autorización interrumpe el correcto funcionamiento y acceso a un sistema informático.

▪️Acceso no autorizado. Un ciberdelincuente puede decidir saltarse o vulnerar las medidas de seguridad establecidas para el acceso a un sistema informático. Incluso, puede que se quede dentro de dicho sistema en contra de la voluntad del propietario.

▪️Violación de datos personales.Este delito se comete cuando se obtienen, compran, envían, intercambian, difunden, modifican o utilizan los códigos personales de alguien sin su previa autorización. Es el mismo delito que cuando se realiza a una base de datos, redes sociales o cualquier otro tipo de listado de información personal.

▪️Suplantación de sitios webs . Se fundamenta en hacer creer al visitante de una página web que está en un sitio, cuando en realidad se trata de un señuelo para capturar sus datos de acceso. Es muy frecuente en las páginas de entidades bancarias, y también se conoce como phishing.

¿Cómo podemos ayudarte?
Son muchos los aspectos en los que podemos ayudarte si eres una víctima de ciberdelincuencia, sin importar si eres una empresa, una organización o un individuo.

Algunos de los ámbitos en los que te puede resultar útil nuestra ayuda son:
▪️Fraude online
▪️Robo de información
▪️Acoso laboral
▪️Robo de identidad
▪️Acoso a menores
▪️Control de las redes sociales de la empresa
▪️Manipulación de las redes wifi
▪️Ataques a sistemas de información

Desde Inbera Detectives Privados te ayudaremos a encontrar a la persona que se encuentra detrás del delito del que has sido víctima.

 

No es ninguna sorpresa que el tema de la ocupación de viviendas de manera ilegal es un gran problema que existe en España. En el artículo de hoy, veremos qué puedes hacer si estás siendo víctima de una okupación en tu propiedad, y cómo puede ayudarte un detective privado a salir cuanto antes de esta situación.

¿Que se puede hacer contra la okupación?
Es muy importante saber qué acciones legales puedes tomar ante la ocupación ilegal de una vivienda de tu propiedad. Ya que, haciendo algo que podría parecerte lógico y lícito, podrías estar haciendo algo ilegal, y que sea el propio okupa el que te denuncie a ti.

El número de okupas especializados está en aumento. Estos estudian los leyes y las debilidades de las mismas en lo relacionado con el tema de la okupación, para atrincherarse en tu vivienda sin que puedas hacer nada. Incluso, se ha dado el caso de que el propio okupa extorsiona al legítimo dueño de la vivienda con el fin de lucrarse por abandonar la vivienda.

Contar con profesionales
Para tratar de manera adecuada este tipo de situaciones el primer paso es contar con la ayuda de profesionales. Inbera Detectives Privados puede ayudarte a recabar todas las pruebas que serán necesarias para demostrar que la ocupación se ha producido de manera ilegal.

Gracias al trabajo de obtención de pruebas que podemos realizar por ti, podrás acudir a juicio con mayores garantías de ganarlo y obtener el desalojo pertinente. Luego, un procurador o un abogado, te podrá ayudar en el ámbito de la formalización de la demanda.

Documentación
La demanda se basará en reclamar de manera legal la posesión de la vivienda. La información recabada por nuestros detectives te será muy útil, pero también será necesario adjuntar documentación adicional, como la escritura de la vivienda, que acredite tu propiedad. Y, si fuese necesario, el contrato de alquiler o el documento que demuestre quién es el usufructuario del inmueble.

Trámites
Tras la entrega de toda la documentación y la presentación de la demanda, se abrirá un trámite incidental. En este instante, se permite que los okupas, dentro de un plazo limitado, aporten cualquier tipo de documentación oficial que pueda acreditar la posesión del inmueble.
Cuando los okupas no aporten dicho justificante en el plazo establecido, el tribunal dará orden de la entrega de la vivienda al demandante de manera inmediata. En este punto, ya no existirá ningún tipo de recurso por parte del okupa.

¿Cuánto tiempo pasará hasta que se vayan los okupas?
Sin duda, esta es la pregunta que se hacen todas las víctimas de la okupación. Y, la realidad es que no existe un tiempo determinado para que la demanda de resuelva.

Sin embargo, conocer los pasos a seguir para presentar la demanda y los trámites que debes llevar a cabo, te ayudará en todo este proceso. Es importante que sepas que la ley marca unos plazos relativamente cortos para todo el proceso, por lo que es importante tener paciencia.

Recuerda que puedes contar con la ayuda de nuestros detectives privados para conseguir las pruebas necesarias para desalojar los okupas de tu vivienda.

 

  1. Cada día son más los sistemas que se implantan para prevenir fraudes bancarios y la duplicación de tarjetas. Sin embargo, es común encontrar personas a las que les llegan avisos de compras y pagos que no han realizado. Esto se debe, a que han sido víctimas de un duplicado de sus tarjetas.

Si este es tu caso, y no sabes bien cómo debes proceder, tranquilo. Desde Inbera Detectives Privados, te vamos a explicar paso a paso qué debes hacer ante un posible uso fraudulento de tu tarjeta de crédito. Si sigues todos los pasos que te vamos a mostrar a continuación, podrás solventar esta situación de manera rápida y eficaz.

¿Qué hacer ante una clonación de tus tarjetas de crédito?

Nadie cree que pueda ser víctima de este tipo de fraudes, pero se ha convertido en algo muy habitual en nuestros días. Aunque, por norma general, se suele dar más en personas que viajan mucho o que se desplazan en transporte público; cada vez se están incrementado más los casos que surgen de las compras online. Sea cual sea tu situación, debes seguir los siguientes pasos:

▪️Bloquea la tarjeta. Para bloquear las tarjetas y que, desde ese mismo momento, nadie pueda hacer uso de ellas, sea presencialmente o por internet, puedes hacer uso de dos soluciones que las entidades bancarias ponen a tu disposición.

  • La primera opción, y de la que todas las entidades disponen, es llamando al número de atención al cliente. Este está activo las 24 horas del día, los 365 días del año. En este número podrás solicitar que tu tarjeta sea bloqueada de inmediato en caso de robo o extravío.
  • La segunda opción es bloquear la tarjeta desde la app de banca online. Esta no se encuentra disponible en todas las aplicaciones, pero sin duda es una manera muy rápida de poner fin al uso fraudulento de tu tarjeta.

▪️Realiza la denuncia en la policía. Una vez que has bloqueado la tarjeta, deberás acudir a la policía para realizar la denuncia. Este paso es totalmente imprescindible. Gracias a él, podrás solicitar la devolución de los gastos ocurridos sin tu consentimiento al seguro, o a la entidad bancaria. Si no tienes una denuncia, no podrás recibir tu dinero, ya que tanto el seguro como la entidad te solicitarán una copia de la denuncia. Además, el hecho de poner una denuncia no implica que se vaya a realizar una investigación del caso, pero sí podría alertar de posibles bandas o mafias que están operando en tu zona.

▪️Habla con tu entidad bancaria . Una vez que tengas la denuncia, acude a tu entidad bancaria. Debes formalizar una denuncia en tu banco, aportando la denuncia hecha ante la policía. De esta manera, o bien la entidad bancaria, o bien el seguro de la tarjeta, se podrán hacer cargo de los pagos fraudulentos realizados.

Ya sabes cómo debes actuar ante un uso fraudulento de tu tarjeta. Pero, si lo que deseas es investigar a fondo tu caso, contacta con Inbera Detectives Privados